Convenio entre Generalitat y Alcoy para la cesión de los derechos de tanteo y retracto

Estos derechos permiten al titular adquirir un bien con preferencia a cualquier otra persona que estuviera interesada en la adquisición

Cesión de los derechos de tanteo y retracto
Fachada del Ayuntamiento de Alcoy en una imagen de archivo

El Pleno municipal ha aprobado con los votos en contra de PP, Ciudadanos y Vox, el convenio entre Generalitat y el Ayuntamiento de Alcoy para la cesión de los derechos de tanteo y retracto. Hay que señalar que los derechos de tanteo y retracto son derechos de adquisición preferente. Permiten al titular adquirir un bien con preferencia a cualquier otra persona que estuviera interesada en la adquisición del mismo y siempre en iguales condiciones ofrecidas (precio, forma de pago, etc.).

En el tanteo, la preferencia de adquisición se ejercita antes de que se realice la transmisión del bien y, por lo tanto, antes de que se celebre la operación que se hubiera proyectado, las condiciones de la cual tendrán que ser respetadas. En el retracto, la preferencia de adquisición se ejercita después de que se realice la transmisión del bien, dejando sin efecto la operación que se hubiera celebrado y abonando el mismo precio que se hubiera pagado.

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