¿Gamberrada o delito de odio?
La asociación LGTBI+ “Ponts d’Igualtat” de Alcoy, ha denunciado ante la Policía Nacional un presunto delito de odio tras la retirada de unos carteles de las puertas de su sede durante las pasadas fiestas de San Jorge. Según declaraciones de su presidente Aitor Pla, los hechos fueron captados por una cámara de seguridad instalada en la vía pública a la entrada del local, cámara que, según la normativa española sobre cámaras de vigilancia privadas, está regulada principalmente por la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, que define que las cámaras de vigilancia privadas están prohibidas en espacios públicos.
En VOX, estamos en contra de la utilización de colectivos de forma política e ideológica que se hace con el único fin de conseguir votos. Creemos ante todo en la libertad de expresión, y el hecho de publicitarse con unos carteles, entra dentro del concepto de libertad. Además, tenemos que tener en cuenta que según la Ordenanza Reguladora de Instalaciones de Publicidad Exterior, no se permite fijar carteles publicitarios en cualquier zona, salvo en las carteleras y sitios expresamente destinados para ello por el ayuntamiento.
¿Un cartel arrancado puede ser un delito de odio? La legislación española tipifica los delitos de odio como aquellos actos que incitan a la violencia, discriminación u hostilidad contra personas o grupos por motivos de raza, religión, orientación sexual, identidad de género, entre otros. Sin embargo, la retirada de un cartel de una puerta no parece encajar en esta definición.
Estos hechos indican que se trató de una acción aislada y no representativa de un patrón sistemático de hostilidad hacia el colectivo “Ponts d’Igualtat”, es decir, que se puede catalogar como una simple gamberrada, no como un delito.
¿Por qué esta denuncia es preocupante? La decisión de “Ponts d’Igualtat” de presentar una denuncia por un presunto delito de odio por la retirada de unos carteles es otra pataleta mas y plantea interrogantes sobre la interpretación de la legislación en materia de delitos de odio. Si actos tan triviales como la retirada de unos carteles pueden ser considerados delitos de odio, se corre el riesgo de diluir el concepto y restar gravedad a situaciones realmente preocupantes.
Además, esta denuncia podría sentar un precedente peligroso, donde cualquier acción menor que afecte a una comunidad o grupo pueda ser interpretada como un delito de odio, independientemente de la intención o el contexto, porque, ¿cómo podríamos calificar el hecho de que a integrantes de VOX se les agreda físicamente en sus mesas informativas porque a algunos no les guste lo que pensamos? o ¿que en un acto de VOX, la diputada Rocío de Meer resultara herida por el lanzamiento de piedras? o ¿la violencia verbal y amenazas que se vierten desde las redes sociales hacia nosotros y nuestros simpatizantes? o ¿que en una mesa informativa intentaran quemar la bandera de España?, o destrozos en el coche de un afiliado de VOX por tener una bandera de España en el mismo.
VOX ha sufrido 181 convocatorias denominadas “antifascistas” contra el partido, 42 ataques a las sedes de VOX en todo el territorio nacional, más de un centenar de denuncias interpuestas por amenazas de muerte, 93 denuncias por vejaciones y agresiones… ¿Que hacemos? ¿Lo denunciamos todo por delitos de odio?
Conclusión. La denuncia presentada por “Ponts d’Igual” por la retirada de unos carteles de su sede durante las fiestas patronales de Alcoy, parece una reacción desproporcionada y preocupante. Si bien es fundamental proteger los derechos de todos, sea cual sea su condición sexual, también es esencial mantener una interpretación rigurosa y coherente de la legislación en materia de delitos de odio para garantizar que se apliquen en situaciones que realmente sean necesarias.
En este caso, la retirada de unos carteles no parece constituir un delito de odio, y la denuncia podría ser vista como un intento de ampliar indebidamente el alcance de esta figura legal. Es crucial que las instituciones y la sociedad en general reflexionen sobre el uso adecuado de las leyes para evitar que se conviertan en herramientas de persecución
Carlos García Seguí – Concejal del G.M. VOX de Alcoy